LINEAMIENTOS PARA LA INSTALACIÓN DE MANTAS, PENDONES Y/O ANUNCIOS ELECTRÓNICOS INFORMATIVOS EN EL CAMPUS CIUDAD UNIVERSITARIA

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Resumen


CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 1º Y 16 FRACCIONES I, II, III, IV, VII Y XI DEL REGLAMENTO DE LA COMISIÓN ESPECIAL DE SEGURIDAD DEL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO, SE EMITEN LOS SIGUIENTES LINEAMIENTOS PARA LA INSTALACIÓN DE MANTAS, PENDONES Y/O ANUNCIOS ELECTRÓNICOS INFORMATIVOS EN EL CAMPUS CIUDAD UNIVERSITARIA. LOS PRESENTES LINEAMIENTOS TIENEN POR OBJETO ESTABLECER LAS BASES PARA LA INSTALACIÓN DE PUBLICIDAD EN LAS VÍAS Y ACCESOS PÚBLICOS A TRAVÉS DE MANTAS, PENDONES Y/O LA UTILIZACIÓN DE EXHIBIDORES DE MENSAJES DE ANUNCIOS PROGRAMABLES ELECTRÓNICOS, GARANTIZANDO LA PROTECCIÓN, CONSERVACIÓN, RECUPERACIÓN Y ENRIQUECIMIENTO DEL PAISAJE DEL CAMPUS UNIVERSITARIO. EN ESTOS LINEAMIENTOS SE PROPORCIONA EL PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DE COLOCACIÓN DE MANTAS Y PENDONES DENTRO DEL CAMPUS CIUDAD UNIVERSITARIA.- PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACIÓN DEL USO DE LOS EXHIBIDORES DE MENSAJES DE ANUNCIOS PROGRAMABLES ELECTRÓNICOS DENTRO DEL CAMPUS CIUDAD UNIVERSITARIA. DE LA SEGURIDAD. SANCIONES. LOS PRESENTES LINEAMIENTOS ENTRARÁN EN VIGOR AL DÍA SIGUIENTE DE SU PUBLICACIÓN EN “GACETA UNAM” Y DEJAN SIN EFECTOS A SUS SIMILARES PUBLICADOS EN “GACETA UNAM” EL 13 DE ENERO DE 2014. APROBADOS POR LA COMISIÓN ESPECIAL DE SEGURIDAD DEL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNAM, EN SU SESIÓN DEL 21 DE JUNIO DE 2017.


Palabras clave


LINEAMIENTOS; INSTALACIÓN; MANTAS; PENDONES; ANUNCIOS ELECTRÓNICOS INFORMATIVOS; CAMPUS; CIUDAD UNIVERSITARIA; OBJETIVO; PROCEDIMIENTO; AUTORIZACIÓN; SEGURIDAD; SANCIONES; ABROGACIÓN; 13 ENERO 2014

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